Siendo esta región una Zona Franca, existen regulaciones oficiales para el traslado e ingreso de mercadería desde ella a las región continuas de Chile que no gozan de este privilegio aduanero. Los turistas nacionales como extranjeros, tienen derecho a ingresar a través de los pasos fronterizos:
Hasta 400 unidades de cigarrillos Hasta 500 grs. de tabaco Hasta 50 unidades de puros 2.500 cc de bebidas alcohólicas
Cancelando derechos e impuestos al valor agregado, puede adquirir: Mercaderías sin carácter comercial hasta por un valor de US$ 1.500 FOB. Mercancías con carácter comercial (exceden el uso y necesidades ordinarias del pasajero o de su grupo familiar) hasta por un valor de US$ 500 FOB.
Los derechos de aduana ascienden al 6% sobre el valor aduanero de las mercancías más los derechos de aduana respectivos. El I.V.A. se determina aplicando la tasa del 19% sobre la base formada por el valor aduanero de las mercancías más los derechos de aduana respectivos. Los turistas extranjeros, pueden llevar cualquier tipo de mercancías amparadas por los documentos pertinentes:
Extranjeras de Zofri. Eolicitud de reexpedición. Nacionales o nacionalizadas: orden de embarque u orden de embarque de aprobación simultánea (oeas).
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